El Servicio General de Identificación Personal (Segip) habilitó la extensión de la cédula de identidad y de la licencia para conducir en formato digital en el país, de acuerdo con el Decreto Supremo 4861, aprobado en gabinete ministerial.
La norma señala que el nuevo documento podrá ser exhibido en “forma alternativa” a la cédula de identidad en formato físico. Su sola exhibición acredita la identificación del titular, “siendo válida en la jurisdicción territorial”.
La obtención de la cédula de identidad y de licencia para conducir en formato digital será voluntaria y solo se otorgará a las personas que previamente ya cuenten con ambos documentos en formato físico.
“La Cédula de Identidad en formato digital, solo podrá ser exhibida desde la aplicación móvil «Estado Digital ED-7», administrada por el SEGIP”, señala el parágrafo II del artículo 4 del decreto 4861.
La habilitación de la cédula de identidad y de la licencia para conducir, en formato digital, podrá efectivizarse en un único dispositivo móvil inteligente, a solicitud del titular.
La vigencia de ambos documentos, en el nuevo formato, tendrá una vigencia de dos años, a partir de su habilitación. Concluida la vigencia se considerará “vencida y caduca para todo efecto legal, debiendo el titular proceder a su renovación”.
Las condiciones de desarrollo técnico y medidas de seguridad específicas, serán reglamentadas por el Segip.