El Decreto Supremo 4906 establece aplicar el congelamiento inmediato de bienes derivados de las ganancias ilícitas contra las personas que son buscadas internacionalmente en listas del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas y no a así a los gremiales u otros sectores, aclaró el Gobierno.
Según el viceministro interino de Pensiones y Servicios Financieros, Franz Apaza, la nueva norma aprobada este 5 de abril, por el gabinete ministerial, tampoco busca afectar a quienes realicen alguna actividad económica de manera legal en el país.
Por el contrario, explicó que el Decreto Supremo 4906 reglamenta lo que ya estaba previsto en el Decreto Supremo 1553, que data de 2013, relacionado al régimen de congelamiento de fondos y otros activos.
“Busca a garantizar los derechos constitucionales sobre el procedimiento o descongelamiento de fondos de personas que están registradas en las listas del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas. Estamos hablando de aquellas personas que están registradas como terroristas internacionales y que son buscados por la justicia internacional”, aseguró.
El artículo 8 del Decreto Supremo 4906 hace referencia a que “La medida de congelamiento preventivo de fondos u otros activos, será de aplicación inmediata a partir del conocimiento de las listas del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, conforme el Artículo 4 de la Ley N° 262”.
“Es decir, este procedimiento de congelamiento inmediato aplica aquellas personas que son buscadas internacionalmente por delitos de terrorismo. Este aspecto ya está previsto en la ley 262”, remarcó Apaza.
La directora de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, Indira Copa, añadió que ni los gremiales, transportistas o cualquier ciudadano boliviano que se “gana el sustento diario” de manera legal no será vulnerado con la nueva norma.
“Este decreto no va afectar a la familia gremial porque las personas que hacemos actividades económicas, no estamos en las listas del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, como les decía, eso (el decreto) solamente aplica ese tipo de delitos de terrorismo internacional”, insistió Apaza.
Tampoco tiene algún tipo de relación con el proyecto de Ley 280, de Fortalecimiento a la Lucha Contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas el cual fue paralizado en su tratamiento en el Legislativo mientras no se concluya su socialización y se lleguen a consensos.
Fuente ERBOL